AXNLegal Abogados y Consultores vence, de nuevo, en un litigio sobre jubilación anticipada de un mecánico de aeronaves

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AXNLegal Abogados y Consultores vence, de nuevo, en un litigio sobre jubilación anticipada de un mecánico de aeronaves

AXNLegal Abogados y consultores ha conseguido conservar el 100 % de la Base Reguladora para la Pensión de Jubilación anticipada de un Mecánico de Aeronave al que tanto el Instituto Nacional de la Seguridad Social (en adelante INSS), como la Tesorería General de la Seguridad Social (en adelante TGSS) pretendían reducir el montante de la pensión de jubilación, por haber elegido jubilarse anticipadamente.

Desde AXNLegal Abogados y consultores se consiguió, en una reciente sentencia del juzgado de lo social número 22 de Madrid, que se reconociera el derecho de un trabajador mecánico de aeronave a jubilarse anticipadamente, observando el 100 % de la base reguladora de la pensión (condenando al INSS y a la TGSS) con base en el Real Decreto 1559/1986, de 28 de junio, por el que se reduce la edad de jubilación del personal de vuelo de trabajos aéreos, en el que se establece que los tripulantes técnicos de vuelo incluidos en la ordenanza laboral para el personal de las compañías de trabajos aéreos tienen derecho a que se reduzca la edad de los 65 años para acceso a la edad de jubilación, sin que por ello resulte de aplicación los coeficientes reductores establecidos en la Ley General de la Seguridad Social.

Lo novedoso de esta sentencia es que equipara al personal de vuelo con el personal de tierra involucrado en vuelos aéreos, como fue el caso del mecánico de aeronave que acompañaba frecuentemente a los pilotos en los vuelos de prueba de las aeronaves mantenidas, verificando los problemas que se producían en dichos vuelos, pudiendo considerarse, por tanto, tales trabajos como penosos y peligrosos, amparados por el Real Decreto 1559/1986, de 28 de junio.

La sentencia fue recurrida en suplicación por el INSS y la TGSS, elevándose las actuaciones al Tribunal Superior de justicia de Madrid, quién en sentencia de 10 de diciembre de 2021 volvió a conceder la razón al demandante, coincidiendo con el planteamiento jurídico de AXNLegal Abogados y consultores, estableciéndose, por tanto, un cambio de paradigma, admitiendo que un trabajador que pudiera considerarse en algunos sectores como personal de tierra pueda beneficiarse de una jubilación anticipada sin coeficientes reductores, toda vez que su labor puede incluirse dentro del marco de los trabajos penosos y peligrosos, a los que da cobertura el citado Real Decreto.

A través de este proceso judicial AXNLegal Abogados y consultores ha conseguido abrir un nuevo camino hacia un futuro en el que se reconozca la realidad de una profesión que, hasta ahora, estaba obligada a jubilarse no antes de los 65 años, si lo que se pretendía era conservar el 100 % de la Base Reguladora de la pensión, toda vez que, a partir de ahora, un mecánico de aeronave podrá ser considerado como un mecánico de vuelo, siempre que se pueda probar su participación como mecánico acompañando en vuelo a los pilotos y demás tripulación.

El presente artículo no constituye asesoramiento legal, únicamente tiene efecto informativo.

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