El Juzgado de lo Social nº 38 de Madrid ha vuelto a dar la razón a AXLegal Abogados en cuanto a la concesión de una Incapacidad Permanente Total a favor de una persona que estaba dada de alta laboral y trabajando en una empresa, en el puesto de trabajo para el que ha sido incapacitada.
Podríamos decir que es una sentencia ganada más en nuestro despacho, si bien, no hay que pasar por alto que lo que la convierte en un verdadero hito en materia jurídica es que, por fin, hemos conseguido romper la idea clásica de que, si un individuo está trabajando en activo en una empresa, no tiene derecho a que se le conceda una Incapacidad Permanente. Este es un criterio repetido hasta la saciedad por parte de la Seguridad Social en los juicios por incapacidad permanente.
Por primera vez, según nuestra experiencia, ha sido estimado el argumento de que un trabajador puede seguir trabajando en una empresa, a pesar de su estado precario de salud, realizando un esfuerzo heroico, debido a una necesidad de continuar percibiendo ingresos para seguir adelante con su vida, sin que ello implique necesariamente, que esté capacitado para seguir desarrollando su trabajo. Por tanto, ya no se puede establecer el criterio de “si la persona no está de baja y sigue trabajando es porque no tiene disminuida o anudada su capacidad para trabajar”.
De hecho, la jurisprudencia viene a respaldar esta idea en numerosas sentencias que argumentan que no se puede obligar al empresario a soportar el resultado subóptimo del trabajo de quien está afectado por una situación precaria de salud, ni tampoco puede obligarse al trabajador a realizar un esfuerzo heroico para, sencillamente, realizar un trabajo que para el común de los individuos no conlleva más esfuerzo que el normalmente aceptado, lo que viene a ser un reconocimiento -siquiera sea indirectamente- de que hay personas que siguen trabajando para procurar su subsistencia, a pesar de los enormes padecimientos que sufren.
No debemos olvidar que el conocimiento en profundidad de Expediente Administrativo que se genera tras el comienzo del procedimiento de Incapacidad Permanente es clave para conseguir vencer la oposición que se plantea por el INSS, por cuanto existen una serie de documentos oficiales creados por este Instituto que, en muchas ocasiones, si se conocen y se emplean bien, son claves para convencer a quienes juzgan, llegando a ser, en ocasiones, pruebas que en AXNLegal Abogados utilizamos para vencer los argumentos de la parte contraria, como ha sido el caso que nos ocupa.
En todo caso, no hay que olvidar que los procesos de Incapacidad Permanente deben ser dirigidos, desde su mismo inicio, por abogados expertos en esta materia, dada la extraordinaria complejidad técnica, que excede los conocimientos de quienes intentan conseguir la Incapacidad Permanente.
En AXNLegal Abogados estamos comprometidos con quienes luchan, merecidamente, por conseguir una pensión de Incapacidad Permanente, por lo que, en este último caso, la satisfacción ha sido aún mayor, por cuanto hemos conseguido acabar con la idea de que, si alguien está trabajando en activo, no puede aspirar a esta pensión.
Si desea asesoramiento sobre este o cualquier otro asunto, puede contactar con nuestro equipo de profesionales a través de info@axnlegalabogados.com
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