Indemnización por accidente de tráfico

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Indemnización por accidente de tráfico

¿Cómo se indemnizan los daños materiales y los de carácter personal?

Cuando se sufre un accidente de tráfico existen dos fuentes para resarcir los perjuicios causados, en la manera de lo posible. Dichos daños pueden ser de carácter material o de carácter personal. Unos y otros se indemnizan utilizando criterios diferentes.

Los daños materiales incluyen la reparación del vehículo o el pago de la reclamación, si el acuerdo excede su valor de mercado, abarcando también el reembolso del importe de los daños causados a cualquier artículo, equipaje, a teléfonos, gafas, etcétera. El importe será el correspondiente al valor de tales artículos, en el caso de que no puedan repararse, o el abono de su reparación, en caso contrario.

En el caso de las lesiones personales, el cálculo de la indemnización depende de varios factores, tales como el tiempo que ha necesitado la víctima para curar las lesiones, y las secuelas que se hayan podido producir. La dificultad, en este caso, radica en conocer a fondo la normativa recogida en la ley 35/2015, siendo esta de obligada aplicación en los casos de los accidentes de tráfico.

Por ello es necesario contar con el apoyo de abogados especializados en la materia que sepan calcular, tanto las lesiones corporales, como las secuelas, con la puntuación correspondiente a las tablas actuariales vigentes cada año, publicadas por la Dirección General de Seguros.

De forma esquemática, los conceptos indemnizables son:

  • Los daños materiales.
  • La muerte
  • Las secuelas
  • Las lesiones temporales

Dentro de cada uno de estos conceptos, la ley diferencia, además, entre perjuicios personales básicos, perjuicios personales particulares, y perjuicios patrimoniales, configurando un sistema realmente complejo, pero bastante completo.

En todo caso, hay que tener en cuenta que nunca podremos acudir directamente a los Tribunales en reclamación de cantidad alguna procedente de un accidente de tráfico, siendo necesario presentar ante las compañías aseguradoras una Reclamación Previa en tiempo y forma, a la que tendrá que contestar en el plazo de 3 meses con una oferta motivada, frente a la que, si no estamos de acuerdo, ya podremos acudir a los tribunales, no sin antes haberse puesto en manos de peritos especializados en la materia, que tendrán que emitir un informe que vendrá a formar parte de la demanda que prepare el abogado que lleve la dirección técnica del proceso.

En AXNLegal, contamos con los mejores profesionales especializados en este tipo de responsabilidad Civil, contando con la colaboración de los peritos más expertos es las especialidades médicas implicadas.

  Si necesita asesoramiento al respecto, puede contactar con nuestros profesionales.

www.axnlegalabogados.com         

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